Comunicado de la FCI: «Cómo obtener un título oficial de profesor de yoga»

2014-11-04

La Federació Catalana de Ioga nos remite uno de sus comunicados con el título «Cómo obtener un titulo oficial de profesor de yoga», que compartimos con los lectores de Yoga en Red.

clasedeyoga

Título oficial de yoga solo hay uno y es el «Certificado de Profesionalidad en Instrucción en Yoga», que entregan los Servicios de Empleo Estatal (SEPE) o los servicios de empleo autonómicos (como el SOC en Cataluña). Esta titulación solo se puede obtener después de haber realizado un curso en un centro homologado por dichas Administraciones públicas. En la actualidad, solo la Universidad Politécnica de Madrid está ofreciendo un curso que permita la obtención de dicho Certificado de Profesionalidad en Instrucción en Yoga. El link es:
http://www.upm.es/institucional/Estudiantes/Estudios_Titulaciones/FormacionEmpleo/PlanesFormacion/2489b292ce809410VgnVCM10000009c7648aRCRD

Sin embargo, también es posible obtener una acreditación (que no es el Certificado de Profesionalidad en Instrucción en Yoga), equivalente a todos los efectos a dicho título, a través de la convalidación bien de experiencia profesional, bien de formación por vías no regladas. Esta segunda vía permite que:

1) Si eres profesor de yoga y lo puedes acreditar legalmente, bien porque has declarado tu actividad como trabajador autónomo o como trabajador por cuenta ajena, becario o voluntario, durante tres años, en los últimos diez (2000 horas o 250 días trabajados), aportando el informe de vida laboral.

2) Si has realizado una formación en cualquier centro de yoga y que puedas presentar, junto al título, un certificado donde se vea claramente que en dicha formación se han impartido las siguientes materias:

2.1) Un mínimo de 150 horas en técnicas específicas de yoga.
2.2) Un mínimo de 120 horas de programación de actividades de yoga.
2.3) Un mínimo de 120 horas de metodología de la instrucción de yoga.

Podrás complementar estos tres módulos con un módulo de 60 horas de primeros auxilios, que generalmente se ofrecen a los participantes del proceso de acreditación, si no has realizado ya un curso con dicha duración. También es conveniente acreditar horas de prácticas.

El proceso de Acreditación lo convocan los organismos encargados de formación profesional. En Cataluña lo ha convocado el Departament d’Ensenyament, y es un proceso que consta de varias partes:

1) Convocatoria y calendario para presentar la documentación. Hay que aportar, básicamente, los informes de vida laboral, los títulos y certificados que permitan valorar que se han efectuado todas las horas correspondientes a las materias indicadas.

2) Reunión informativa con un asesor que te ayudará a cumplimentar la documentación necesaria del proceso, que es básicamente un examen de auto evaluación, donde se te preguntas relativas a dichas materias.

3) Un examen o evaluación en el que te harán algunas preguntas destinadas a demostrar la competencia en las materias indicadas.

Tras este proceso se obtiene un certificado Acreditat que es equivalente a todos los efectos al Certificado de Profesionalidad en Yoga. El problema de este proceso es que hay que esperar a que lo convoque el organismo público, que tiene que tener presupuesto para poder convocarlo  -por el momento, que a nosotros nos conste, se ha convocado en Cataluña y, por lo que nos cuentan, el año próximo no parece que se vuelva a convocar…-. En fin, habrá que ir viendo.

Consejos

Nuestro consejo es que si quieres ser profesor titulado y no puedes hacer el curso de la Universidad Politécnica de Madrid y obtener directamente el Certificado de Profesionalidad en Instrución en Yoga , que hagas cualquier curso de formación de los muchos que ofrecen las escuelas, pero que te asegures de que el curso tiene las horas indicadas y al final te certifiquen que has realizado las materias acreditables. Es muy importante que leáis muy bien la información de los cursos que ofrecen las escuelas y que preguntéis antes de inscribiros.

Nuestro consejo a las Escuelas de Yoga que imparten formación es que, si no pueden homologar su centro, dado que no tiene los requisitos requeridos por la Ley, que adapten sus formaciones a las horas y materias que permitirán a sus alumnos acreditarse, y junto al título les expidan un certificado acreditativo donde se especifiquen claramente las materias cursadas, las horas y el período en que realizaron el curso. Si el curso es más corto siempre se puede avisar al alumno de que tendrá que complementar con otros cursos su curriculum.

Ver Comunicado original: http://federaciocatalanaioga.blogspot.com.es/